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La conducción de un vehículo puede realizarse de una forma bastante automática –con movimientos que se realizan sin conciencia aparente. Sin embargo, el manejo de un coche, moto, bicicleta, o cualquier medio de transporte, implica un esfuerzo de coordinación muy importante –especialmente cuando se presentan situaciones imprevistas.

El alcohol altera la capacidad de conducir cualquier vehículo, ya que limita la percepción visual, el tiempo de reacción y la coordinación motriz. Así, altera la capacidad para juzgar la velocidad, la distancia y la situación relativa del vehículo. Estas consecuencias aparecen incluso antes de que el conductor o la conductora tengan la sensación de encontrarse bajos sus efectos. Esto –junto a la falsa sensación de control que puede provocar el alcohol– contribuye a hacer que la persona se exponga (y a menudo exponga a otros) a situaciones altamente peligrosas.

Por otra parte, y aunque no se conduzca, un consumo elevado de alcohol –en la medida que distorsiona la percepción de la realidad– puede provocar que una persona:

  • No procure evitar que un amigo o una amiga conduzca después de haber bebido.
  • Se suba a un vehículo conducido por una persona intoxicada.

La alteración de la capacidad de conducir como consecuencia del consumo de bebidas alcohólicas está directamente relacionada con la concentración de alcohol en la sangre (índice de alcoholemia). Conducir un vehículo con una tasa de alcoholemia superior a 0,5 g/l triplica el riesgo de sufrir o provocar un accidente. De hecho, la primera causa de muerte entre las personas jóvenes en los países desarrollados –en la mayoría de casos asociada al consumo de alcohol– son los accidentes de tráfico.
A los riesgos de sufrir un accidente se les debe añadir los problemas administrativos y penales por incumplimiento de la ley. Los conductores de turismos y motocicletas tienen prohibido conducir con un índice de alcoholemia superior a 0,5 g/l (límite en sangre) o su equivalencia 0,25 mg/l (límite en aire expirado). La cantidad permitida disminuye a 0,3 g/l (límite en sangre) o su equivalencia 0,15 mg/l (límite en aire expirado) si se trata de un conductor o conductora novel –que hace menos de dos años que tiene el permiso de conducir.

Pero hay que saber que incluso pequeñas cantidades de alcohol alteran las capacidades para conducir y ponen en riesgo al conductor, los acompañantes y las demás personas que puedas encontrar en el trayecto. La única tasa segura es una alcoholemia de 0,0%.

A continuacion exponemos las sanciones a las que se expone una persona que conducte bajo los efectos del alcohol:

  • De 0.25 mg/l a 0.50 mg/l: 4 puntos y 500€
  • Más de 0.50mg/l: 6 puntos y 1000€
  • Reincidentes: 6 puntos y 1000€
  • Más de 0.60ng/l: prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o Trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 60 días. En todos los casos, prohibición de conducir entre 1 y 4 años.
  • En el caso que la persona se niegue a someterse a las pruebas de alcoholemia, la penalización será de prisión de 6 meses a 1 año, y prohibición de conducir de 1 a 4 años.
  • Si un grupo de amigos y/o amigas beben alcohol y salen en coche, pueden turnarse los días de abstinencia entre las diferentes personas que tienen carné de conducir.

Otra posibilidad es usar el transporte público, y si no está disponible, llamar a un taxi, o avisar a un familiar o a un amigo para que nos lleve. Pero nunca conducir.

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